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El presidente Santos no podrá entregarles las tierras del Estado a las trasnacionales - Manuelsarmiento.com

El presidente Santos no podrá entregarles las tierras del Estado a las trasnacionales

Manuel Sarmiento

15 de octubre de 2012

Mediante la sentencia C-644 de 2012, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los artículos 60, 61 y 62 del Plan Nacional de Desarrollo del presidente Santos. Las normas modificaban la Ley 160 de 1994, con el objetivo de entregarles las tierras baldías a grandes compañías, particularmente a las extranjeras.

Los bienes baldíos son las tierras del Estado que, de acuerdo con la Ley 160 de 1994, deben adjudicarse a familias campesinas que no tienen tierra. Para ello, la ley dispone que los baldíos solo pueden adjudicarse en tamaños equivalentes a una Unidad Agrícola Familiar –UAF-, que es la cantidad de tierra que una familia campesina necesita para vivir dignamente. Además, la ley dispone que los campesinos que reciban bienes baldíos solo pueden vendérselos a personas que no tengan tierras, con el fin de evitar que las grandes compañías se apropien indirectamente de las tierras públicas.

El expresidente Uribe y su ministro Andrés Felipe Arias se lamentaron de estas restricciones. Sin embargo, no pudieron modificar la Ley 160, lo que sí logró hacer Juan Manuel Santos. Los artículos 60, 61 y 62 del PND señalaban que el Estado podía entregarles sus tierras a grandes compañías en extensiones muy superiores a una UAF. Y, además, señalaban que los campesinos que recibieran baldíos podían entregárselos a grandes inversionistas.

Las normas respondían principalmente a los intereses de las trasnacionales y de las entidades financieras. Desde hace varios años los alimentos se han convertido en un lucrativo negocio del capital financiero. En bolsas como las de Nueva York y Chicago se realizan miles de operaciones especulativas que aumentan de manera dramática los precios de los alimentos, haciendo más atractivas las inversiones en tierras. Entre 2005 y 2008 la especulación prácticamente duplicó los precios de los alimentos. Esto ha llevado a que países no autosuficientes en comida, compañías financieras y trasnacionales del agro se apropien de millones de hectáreas de los países pobres. Según la revista Semana, “en los últimos diez años en África, América Latina y el Sureste Asiático, 230 millones de hectáreas han sido cedidas, vendidas o alquiladas a estados petroleros, potencias emergentes, conglomerados industriales, fondos de inversión y bancos. Es como si hubieran comprado a Francia, España, Alemania, Reino Unido, Italia, Portugal, Irlanda y Suiza juntos”[1].

Las restricciones de la Ley 160 eran un obstáculo para la extranjerización de las tierras, por lo que el presidente Santos las eliminó, permitiendo que los extranjeros se apropiaran de los bienes baldíos. Por esta razón, los congresistas Jorge Enrique Robledo y Wilson Arias, del Polo Democrático Alternativo, demandaron las normas del PND. En la demanda señalaron que los artículos violaban el derecho de los campesinos a acceder a la tierra y lesionaban la soberanía nacional y la seguridad alimentaria.

La Corte Constitucional les dio la razón a los parlamentarios, señalando que las normas del PND eran un retroceso en la política agraria. Aún no se conoce la sentencia, pero en su comunicado de prensa la Corte señaló lo siguiente:

“A juicio de la Corte, tales medidas resultan regresivas, pues propician la concentración de la propiedad rural en un país con escasez de tierras, en desmedro de los trabajadores agrarios que dejan de ser propietarios e implica un retroceso en el deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de estos trabajadores, además que puede revertir los esfuerzos que se han efectuado en materia de titulación de tierras. El levantamiento de las restricciones previstas en la Ley 160 de 1994 implica que la tierra protegida por éstas, deja de ser exclusiva de los trabajadores agrarios, que terminan convertidos en asalariados en los proyectos que se adelanten en sus antiguas propiedades y reduce su posibilidad de acceso a la tierra”.

Esta sentencia es un triunfo de las concepciones democráticas sobre la propiedad de la tierra. El gobierno lamentó el fallo y anunció que buscará otros mecanismos para revivir las normas declaradas inexequibles. Por ello, es fundamental respaldar los tres proyectos de ley que restringen la extranjerización de las tierras, y que fueron presentados por el Polo, el Partid

[1] Jugando con el hambre: los millonarios negocios con la tierra, Revista Semana. Consultado el 9 de abril de 2012. En: http://www.semana.com/mundo/jugando-hambre-millonarios-negocios-tierra/175005-3.aspx.

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