Deprecated: Using ${var} in strings is deprecated, use {$var} instead in /home/dh_k2v49b/manuelsarmiento.com/wp-content/plugins/elementor-pro/core/editor/editor.php on line 118

Deprecated: Using ${var} in strings is deprecated, use {$var} instead in /home/dh_k2v49b/manuelsarmiento.com/wp-content/plugins/elementor-pro/core/editor/editor.php on line 118
Kennedy Archives - Manuel Sarmiento

Manuel Sarmiento

En riesgo la operación del Portal Sur de Transmilenio

Transmilenio no ha definido cómo se seguirá prestando el servicio después de que el contrato de Connexión Móvil termine en diciembre de este año. Faltan menos de siete meses para que se termine la concesión de Connexión Móvil SAS para la operación del Portal SUR de Transmilenio que incluye la operación de 160 buses articulados y 57 biarticulados del servicio troncal. Sin embargo, Transmilenio le respondió al concejal Manuel Sarmiento que aún no ha definido cómo va a garantizar la continuidad del servicio de transporte una vez se termine el contrato de concesión: Transmilenio tiene dos opciones. La primera es adjudicar un nuevo contrato de concesión, opción que implica adelantar una licitación que puede demorarse varios meses. La segunda es adjudicarle a la Operadora Distrital de Transporte la operación del Portal Sur, alternativa que también requiere un tiempo prudente para ser implementada y que, de acuerdo con el concejal Sarmiento, es la mejor opción. “Es inaceptable que la administración de Claudia López no haya definido qué va a suceder con el contrato del Portal Sur. He señalado en reiteradas ocasiones que esta es una oportunidad importante para adjudicar este contrato a la Operadora Distrital de Transporte, pero es altamente preocupante que aún no se haya tomado una decisión. ¿Va a quedarse el Portal Sur sin operación? ¿Van a inventarse una maniobra para entregarle la operación al mismo concesionario?”, preguntó el concejal Manuel Sarmiento. Cada día más de 50 mil usuarios ingresan al Portal Sur, personas que resultarían gravemente afectadas por la negligencia de Transmilenio. En 2022, el concesionario Connexión Móvil tuvo ingresos por más de $116 mil millones de pesos.

Concejal Sarmiento rechaza brutal desalojo de Peñalosa contra vendedores informales de Kennedy

El alcalde Enrique Peñalosa volvió a arremeter contra los vendedores informales mediante un desalojo realizado en la localidad de Kennedy. El operativo inició a la 1 de la mañana del pasado 7 de noviembre en la calle 5 sur con carrera 81 y terminó con el desalojo de 200 personas que se suman a los otros 200 que ya habían sido expulsados de sus sitios de trabajo hace menos de dos meses. El concejal Manuel Sarmiento rechazó los operativos que calificó como una agresión brutal contra personas humildes que han tenido que dedicarse al rebusque por la crisis económica y el desempleo que generan las políticas de los gobiernos de las últimas dos décadas. «Es inaudito que Peñalosa persiga a los vendedores informales como si fueran criminales y mientras tanto tramite contratos de privatización del espacio público a familias encopetadas como los consuegros del presidente Juan Manuel Santos», afirmó el cabildante. A pesar de que la Corte Constitucional ha señalado que las personas que se dedican a las ventas informales en el espacio público son sujetos de especial protección dado que se encuentran en una «situación de especial vulnerabilidad y debilidad por sus condiciones de pobreza», Peñalosa insiste en arremeter contra sus derechos sin ninguna contemplación. «En el operativo de desalojo en Kennedy, el alcalde violó la extensa jurisprudencia que lo obliga a darles a los venderdores informales alternativas económicas reales. Ni siquiera cumplió con el deber m{inimo de instalar una mesa de concertación», afirmó Sarmiento. El concejal del Polo hizo un llamado a los vendedores informales para que se organicen y se movilicen pacíficamente en defensa de sus derechos. «La unidad y la movilización son las vías para enfrentar a Enrique Peñalosa, quien ha demostrado una vez más su desprecio por los derechos de las personas más vulnerables».

Suspensión inmediata del operativo de desalojo a las familias del Sector Guadalupe, Localidad de Kennedy

Bogotá D.C., 23 de octubre 2017 Doctor ENRIQUE PEÑALOSA Alcalde Mayor de Bogotá. La  Ciudad.   Ref.: Suspensión inmediata del operativo de desalojo a las familias del Sector Guadalupe, Localidad de Kennedy, programado para el día martes 24 de octubre en las horas de la madrugada, hasta tanto no se agote el debido proceso de reasentamiento. Atento saludo: En virtud del artículo 62 del Acuerdo 348 e 2008, el Concejo Distrital o cualquiera de sus miembros, podrá solicitar a las Entidades Distritales, al Personero, al Veedor, al Contralor y al Auditor Fiscal ante la Contraloría, los informes que estime convenientes. En ejercicio de las anteriores facultades y en mi calidad de Concejal de la Ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mí firma, y amparado en el artículo 23 de la Constitución Política, y los artículos 13 y siguientes de la Ley 1755 de 2015, presento el siguiente derecho de petición basado en los siguientes: HECHOS. Los habitantes del sector de Guadalupe, rivera del rio Tunjuelito, de la Localidad de Kennedy, teniendo en cuenta que: Que la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante entidades como la Secretaría Distrital de Hábitat, la Caja de la Vivienda Popular, la Secretaría de Gobierno, el IDIGER, realizaron visitas de identificación a la Comunidad del Sector de Guadalupe desde el año 2014 con el fin de iniciar acciones  para recuperación de predios de uso público, espacio público y que estaban destinados a la recuperación ecológica o preservación ambiental, como las riveras del rio Bogotá y el rio Tunjuelito, aplicando el Decreto Distrital 227 de 2015 Que la Alcaldía Mayor expidió el Decreto Distrital 227 de 2105 en el que se establece como objeto el “Adoptar el Programa de Acompañamiento Integral para la Mitigación del Impacto Social derivado de las acciones  de recuperación de bienes fiscales, de uso público, espacio público u objeto de recuperación ecológica o preservación ambiental, entendido como el conjunto de estrategias y actividades interinstitucionales dirigidas a la población beneficiaria del programa con el fin de insertar a las familias al tejido social, de manera que puedan ejercer plenamente sus derechos y a la vez contribuir al mejoramiento de su calidad de vida”. Que el mencionado Decreto 227 de 2015, menciona que la “Resolución 2003/17 de  la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos  Humanos  de la Organización de Naciones Unidas, insta a los gobiernos de los Estados parte, a que protejan a todas las personas que estén amenazadas de desalojo forzoso y a que adopten todas las medidas necesarias para proporcionarles una protección plena contra el desalojo forzoso, sobre la base de la participación de las personas o los grupos afectados y de consultas y negociaciones efectivas con ellos. Asimismo, recomienda que velen porque todo desalojo que se considere legal se lleve a cabo de manera tal que no viole ninguno de los derechos humanos de las personas desalojadas” Igualmente el Decreto 227 menciona que el Plan de Ordenamiento Territorial vigente de Bogotá, dentro de la Política Habitacional del Distrito, se incluye el Reasentamiento de Población localizada en áreas de alto riesgo no mitigable. Que en el Decreto 227 de 2015 se invoca que la Corte Constitucional en la Sentencia T-314de 2012 establece que “(…) las autoridades deben implementar en cada caso en el que pretenda recuperar los bienes o el espacio público, medidas adecuadas para la protección de los derechos fundamentales de los afectados, particularmente, el derecho a la vivienda digna, incluidos también los derechos de quienes ocupan predios privados de manera irregular. En este sentido, el derecho a la vivienda digna se transforma en el eje fundamental que debe ser observado y reconocido por las autoridades, de modo que las medidas adoptadas deben garantizarlo, tal como lo señala la Observación No. 7 del Comité DESC.” Que la misma sentencia, plantea que “(…) el derecho a la vivienda adquiere una mayor relevancia, no tanto en un contexto de propiedad, sino para impedir que se padezcan más sufrimientos en razón a los desalojos, con mayor razón cuando quienes ocupan los inmuebles pertenecen a población vulnerable por su situación socioeconómica o porque han sido víctimas de la violencia”. Que la misma Corte Constitucional en la Sentencia T-908 de 2012 concibe el DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA: “La Corte considera que el contenido mínimo del derecho a la vivienda digna debe comprender la posibilidad real de gozar de un espacio material, en el que la persona y su familia puedan habitar, de manera tal que le sea posible llevar a cabo su proyecto de vida en condiciones que permitan su desarrollo como individuo digno, integrado a la sociedad”. Que para la ejecución de las medidas establecidas, la Alcaldía Mayor mediante el Decreto Distrital 227 de 2105, creó la Comisión Intersectorial para la Gestión Habitacional y el Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos del Distrito Capital. Que dentro de las acciones desarrolladas, la Caja de la Vivienda Popular realizo un censo en el que identifico 23 familias y los ingenieros verificaron el estado de las viviendas. Que el IDIGER decidió cambiar el motivo del reasentamiento y emitió el Concepto Técnico DI- 7452 del 26 de septiembre de 2014 y la Adenda 8626 del 26 de agosto de 2015 con el que ordena a la Caja de La Vivienda Popular, atender a las familias con base en el Decreto 255 de 2013, “Por el cual se establece el procedimiento para la ejecución del programa de reasentamiento de familias que se encuentran en condiciones de alto riesgo en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” Que el 11 de agosto de 2016 el IDIGER realizo visita a las viviendas de los habitantes del Sector Guadalupe y les entregó a cada uno un ACTA DE NOTIFICACIÓN DE RIESGO PARA INGRESO AL PROGRAMA DE REASENTAMIENTOS, indicando que el beneficiario podrá acceder al Valor Único de Reconocimiento VUR que entrega la Caja de Vivienda Popular con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 255 de 2013. Que debido al cambio de administración desde el año anterior las mencionadas familias se han visto

[Carta] ¿Procederá Corabastos a asignar el contrato de vigilancia privada en un proceso competitivo de una sola empresa?

Doctor MAURICIO PARRA PARRA Gerente Corabastos S.A. Av. Carrera 80 No 2 – 51 Ciudad.   Ref.: ¿Procederá Corabastos a asignar el contrato de vigilancia privada en un proceso competitivo de una sola empresa?   Atento saludo: Como sucede cada año, desde diciembre 19 de 2016 se viene adelantando la convocatoria abierta para la selección del proveedor de vigilancia y seguridad privada en Corabastos. Llama la atención que este proceso, en el que debería primar la competencia entre varias empresas para asegurar las mejores condiciones técnicas y económicas, esté a punto de cerrarse con un único oferente. De acuerdo con la información que aparece en la página de internet de Corabastos, el proceso de selección inició con 12 empresas interesadas en la adjudicación del contrato. Sin embargo, al final solo quedó un interesado, el consorcio SUNAP conformado por Seguridad Nápoles y Seguridad Superior, que son precisamente las empresas que en este momento prestan el servicio de vigilancia. Es decir, todo indica que las compañías que hoy tienen el contrato de vigilancia serán las beneficiarias, como únicos oferentes, del nuevo proceso de adjudicación, a pesar de que en los medios de comunicación se han revelado los problemas de inseguridad de la central de abastos más importante del país (bit.ly/2jBSiOy). Del análisis de los pliegos de condiciones surgen varios interrogantes para los que, mediante el presente derecho de petición, solicito una pronta respuesta. ¿Por qué se exige en materia de experiencia la prestación del servicio solo en plazas de mercado, grandes superficies y sectores industriales? ¿No considera Corabastos necesario replantear el proceso de contratación, teniendo en cuenta que solo se presentó una empresa y no habrá competencia? Agradezco su atención y respuesta. Cordialmente, MANUEL SARMIENTO Concejal de Bogotá Polo Democrático Alternativo

CORABASTOS a debate de control político por solicitud del concejal Manuel Sarmiento.

Equipo de Prensa – Concejal Manuel Sarmiento | Bogotá | Jueves, 21 de abril de 2016 En la Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá fue aprobado, por solicitud del concejal Manuel Sarmiento, con el respaldo de toda la bancada del Polo Democrático Alternativo, un debate de control político en torno a la problemática que vive CORABASTOS  y al que están citados el Secretario de Desarrollo Económico y el Gerente General de la Corporación. El concejal Sarmiento advirtió que hay manifiestas irregularidades en el contrato de concesión 070 de 2005, inicialmente celebrado por CORABASTOS para la construcción, reparación y mantenimiento de la malla vial interna, que están poniendo en riesgo la viabilidad financiera e institucional de la Central de abastos más grande del país, donde se comercializan 5 millones de toneladas de alimentos al año, más de 12 mil al día, de las 27 millones producidas aquí y destinadas al consumo nacional, y sin contar las 11,5 que ya se importan de casi todos los géneros agrícolas y pecuarios. Señaló que en este debate demostrará que las 18 adiciones realizadas a dicho contrato han generado enormes sobrecostos y han evadido las normas de contratación estatal y del Manual de Contratación interno, sin garantizar principios como la selección objetiva, además de que algunas han sido para ejecutar obras que no guardan ninguna relación con el objeto del contrato y son innecesarias para el propósito inicial. A estas graves denuncias, indicó el concejal del Polo, se suma el anuncio del alcalde Enrique Peñalosa sobre la pretensión de reubicar a CORABASTOS, mediante una asociación público-privada, en otra zona de la ciudad y, muy probablemente, para adelantar en las actuales instalaciones algún otro negocio urbanístico en sociedad con grandes constructores como todos los que ha venido planteando por todo Bogotá. (http://bit.ly/1QlzeZo). Estas difíciles circunstancias se suman a las secuelas de dependencia alimenticia y a la carestía de la canasta básica que hoy se están  viviendo como consecuencia de las importaciones y los TLC, configurando una seria amenaza a la seguridad alimentaria de millones de colombianos, de Bogotá y de varias regiones circundantes, que se aprovisionan en CORABASTOS.  

Habla con nosotros

×

¡Hola!

Selecciona un miembro de mi equipo abajo para hablar por WhatsApp o envía un e-mail a: info.manuelsarmiento@gmail.com

× ¿Necesitas algo?